Mujeres mexicanas del islam podrán usar hiyab para pasaporte

Mujeres mexicanas del islam podrán usar hiyab para pasaporte Mujeres mexicanas del islam podrán usar hiyab para pasaporte
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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México aprobó, el 11 de diciembre de 2025, el uso del hiyab en la fotografía del pasaporte para mujeres que profesan el Islam. 

La determinación se tomó al resolver dos juicios de amparo presentados por ciudadanas a quienes la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) negó el trámite en oficinas de Chihuahua y CDMX.

La SCJN estableció que las mujeres pueden portar el velo islámico u otras prendas religiosas durante la toma de la foto, siempre que el rostro permanezca descubierto. Esta decisión modifica la aplicación del artículo 14 del Reglamento de Pasaportes, que estipulaba la regla de «cabeza descubierta».

Mujeres mexicanas del islam pueden usar hiyab para pasaporte
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Contexto de la petición

Los casos surgieron cuando dos mujeres mexicanas musulmanas acudieron a tramitar su pasaporte y el personal de la SRE les exigió retirarse el hiyab para la fotografía. 

Ambas se negaron, argumentando que su religión les prohíbe mostrar su cabello en público, por lo que no pudieron completar el trámite. Posteriormente, interpusieron juicios de amparo contra la negativa de la autoridad.

Una de las quejosas necesitaba el documento para una oferta de trabajo en Kuwait, por lo que la negativa afectaba su desarrollo personal y laboral. La Corte identificó que la aplicación rígida de la norma generaba una afectación específica a las mujeres musulmanas.

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Proceso y resolución de la petición

La SCJN analizó los amparos en revisión 499/2024 y 418/2025, con proyectos de los ministros Yasmín Esquivel Mossa y el presidente Hugo Aguilar Ortiz. Por ocho votos a favor y uno en contra, el Pleno determinó que la regla de «cabeza descubierta» no puede aplicarse de manera absoluta.

  • La Corte consideró que el uso del hiyab no impide la identificación, ya que la prenda deja el rostro totalmente visible.
  • Se señaló que la identidad puede corroborarse con otros métodos, como las huellas digitales, que ya forman parte del proceso.
  • Se mencionó que países como EUA, Canadá, España y Japón permiten esta práctica en sus pasaportes.

La ministra Lenia Batres emitió el voto en contra, argumentando que la norma responde a fines de seguridad nacional y control migratorio. Advirtió sobre el riesgo de crear excepciones por motivos religiosos.

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¿Qué es el hiyab?

El hiyab es un velo que cubre la cabeza y el cuello, pero deja el rostro al descubierto. Para las mujeres musulmanas que lo portan por convicción religiosa, su uso es obligatorio en espacios públicos. 

La Corte precisó que esta prenda, al no ocultar las facciones del rostro, no representa un obstáculo para la plena identificación de la persona en un documento oficial de viaje.

La resolución de la Corte subraya la importancia de respetar las costumbres y creencias en una sociedad diversa. El fallo busca equilibrar los requerimientos de seguridad del Estado con la protección de las libertades individuales consagradas en la Constitución.

La presencia del Islam y de otras religiones en México requiere que las normas y su aplicación consideren dicha diversidad. Garantizar derechos como la libertad religiosa y la no discriminación fortalece el Estado de derecho y la convivencia social.

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