La regulación de los scooters en México, un tema pendiente

La regulación de los scooters en México, un tema pendiente La regulación de los scooters en México, un tema pendiente
Ante el aumento de accidentes, la regulación del uso de scooters en México es un tema pendiente dentro de la agenda política nacional. Foto: Freepik

A principios de la década del 2020 se popularizó en las calles de México el uso de scooters. Sin embargo actualmente representa un problema en materia de movilidad. Esto luego de la falta de una regulación de estos medios de transporte.

El uso de vehículos motorizados de transporte se concentra en ciudades como Ciudad de México, Guadalajara y Querétaro, donde cada vez más usuarios de estos vehículos ligeros exigen movilidad urbana eficiente.

Sin embargo no todo es bondadoso. Entre 2020 y 2024, la CDMX registró un incremento de más de 10 veces en accidentes que involucraban scooters eléctricos, pasando de 10 episodios en 2020 a 113 en 2024, con 119 personas lesionadas registradas ese año.

¿Qué los hace peligrosos?

La vulnerabilidad estructural de estos vehículos es un factor clave que los pone como medios altamente peligrosos:

  • Carece de carrocería
  • Carece de sistemas de protección pasiva
  • Inestabilidad, derivada de ruedas pequeñas y sistema de frenado limitado.
  • Desconocimiento del reglamento como límites de velocidad permitida
  • Comportamiento imprudente

Aguascalientes prohíbe los scooters a menores de 16 años

Los menores de 16 años no podrán usar scooters en Aguascalientes, de acuerdo con la información publicada en el Periódico Oficial del Estado. El decreto se publicó el 22 de julio junto a nuevas indicaciones en torno a la regulación de estos medios de transporte.

Fue hace un mes cuando se indicaron las primeras medidas para la regulación no solo de estos medios, sino para bicicletas eléctricas. Con esto se avanza a nivel estatal en el uso de vehículos de movilidad personal. La actualización formó parte de las reformas a la Ley General de Movilidad.

La normativa establece que estos vehículos solo pueden circular por vías ciclistas. En su defecto podrán circular por el carril de extrema derecha si no existe infraestructura ciclista. Los usuarios tampoco superarán los más de 25 kilómetros por hora.

Se prohibió el tránsito de scooters y patines eléctricos en banquetas, zonas peatonales, puentes, pasos a desnivel, vialidades de acceso controlado, carriles centrales o interiores, así como en sentido contrario o entre vehículos. También se restringió el transporte de objetos que afecten el equilibrio, visibilidad o el manejo adecuado del vehículo.

Para conducir scooters en Aguascalientes, los usuarios utilizarán casco y lentes de seguridad. Están obligados a respetar los semáforos y señales de tránsito, no usar dispositivos electrónicos mientras se conduce y anunciar cambios de dirección.

Los vehículos de movilidad personal deberán contar con:

  • Un equipo mínimo que incluya sistema de frenado con desaceleración de al menos 3.5 m/s²
  • Luz delantera blanca
  • Luz trasera roja
  • Timbre
  • Claxon

En caso de infracciones, las autoridades podrán verificar la identidad y domicilio del conductor. Si éste se niega a proporcionar los datos, se permitirá el aseguramiento temporal del vehículo.

Regulación y respuestas institucionales a los scooters en México

Ante este panorama, en 2025 la Ciudad de México propuso reformas a la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito. Estas disposiciones obligan a que los scooters y motos eléctricas que superen 25 km/h cuenten con ciertos elementos:

  • Placas
  • Licencia
  • Tarjeta de circulación
  • Casco y luces encendidas
  • Restricción de circular en ciclovías y banquetas

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